Este es un resumen detallado de las Bases Reguladoras para las subvenciones de Dinamización Comercial 2026 en núcleos urbanos de Tenerife, según lo establecido en las fuentes.
Objeto y régimen de concesión
El propósito es financiar acciones de dinamización comercial en núcleos urbanos de Tenerife para fomentar el comercio minorista, la cooperación público-privada, la innovación en la gestión y la creación de servicios comunes. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva, comparando las solicitudes según criterios de valoración establecidos.
Entidades beneficiarias
Pueden solicitar estas ayudas:
- Ayuntamientos de la isla de Tenerife.
- Asociaciones Empresariales de PYMES de zonas comerciales (donde al menos el 50% de afiliados sean de comercio minorista, restauración o servicios personales a pie de calle).
- Federaciones o Confederaciones de dichas asociaciones.
Cuantías e importe de la subvención
La subvención puede cubrir hasta el 100% del gasto subvencionable, con los siguientes límites máximos:
- 15.000,00 € para propuestas en municipios de más de 20.000 habitantes.
- 25.000,00 € para propuestas en municipios de hasta 20.000 habitantes.
Actividades y gastos subvencionables
Se subvencionan acciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria:
- Animación comercial: Jornadas, seminarios, rutas de la tapa, ferias de saldos.
- Campañas promocionales: Acciones para promover ventas, fidelizar clientes y fomentar la imagen de marca de la Zona Comercial Abierta (ZCA).
- Servicios auxiliares: Ludotecas para el cuidado de niños durante las compras, servicios de reparto o bonos de parking.
- Marca comercial: Creación o reconversión de la marca del municipio/ZCA.
- Gastos directos: Contratación de artistas, sonido, alquiler de carpas, mobiliario, vallas, publicidad en diversos soportes y planes de seguridad.
¿Qué no se subvenciona? (exclusiones)
No se consideran gastos subvencionables:
- Concursos de escaparatismo o premios al comercio.
- Pasarelas de moda aisladas (no vinculadas a una feria).
- Premios, regalos o primas directas a consumidores.
- Programas de bonos de descuento directo.
- Cursos de formación (excepto demostraciones culinarias o showcooking dirigidos al cliente final).
- "Comidas populares" (desayunos o almuerzos gratuitos).
- Acciones en polígonos industriales o zonas dominadas por Grandes Establecimientos Comerciales.
Documentos a presentar
La documentación general incluye:
- Solicitud normalizada, NIF y acreditación de representación.
- Memoria resumen del proyecto (Anexo I) con nombre, naturaleza, cronograma y ámbito geográfico detallado.
- Presupuesto de gastos y financiación (Anexo III).
- Documento de consenso (Anexo IV o V) entre el Ayuntamiento y las asociaciones de la zona.
- Para asociaciones: Escrituras, estatutos, relación de afiliados (IAE) y certificado de cuotas recaudadas.
Plazos, límites y limitaciones
- Plazo de solicitud: 05/03/2026 al 24/03/2026.
- Plazo de resolución: Máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
- Plazo de justificación: 30 días naturales desde la finalización del programa o la resolución de concesión.
- Límites por municipio: Solo puede haber un beneficiario por municipio (prioridad al Ayuntamiento si presenta solicitud).
- Límites por entidad: Cada entidad solo puede participar en un único proyecto.
- Contratación: Si un gasto supera los 15.000 €, se deben presentar tres ofertas de diferentes proveedores.
Compatibilidades y pago
- Compatibilidad: Son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad.
- Abono: Se realiza mediante abono anticipado sin necesidad de garantías.
- Obligación de difusión: Es obligatorio incluir los logos del Cabildo de Tenerife y de "Comercio de Tenerife" en todo el material promocional y web; de lo contrario, el gasto será no subvencionable.
Teléfono de información: 900 150 055 (lunes a viernes, en horario de 09:00 a 14:00 horas.)