Programa para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias — Línea 3 (Inversión Pyme)

Objeto

Fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o existentes para aumentar su productividad y competitividad. Los proyectos se clasifican en:

  • Creación de nuevos establecimientos: Inversiones que inicien una actividad y creen nuevos puestos de trabajo.
  • Ampliación: Inversiones para desarrollar una actividad establecida o iniciar otras, implicando un aumento significativo de la capacidad productiva y creación/mantenimiento de empleo.
  • Modernización: Adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada que incremente la productividad, diversifique la producción o transforme el proceso productivo, manteniendo el empleo.

Beneficiarios

Perfil: Pueden acogerse personas físicas o jurídicas (pymes y grandes empresas) con establecimiento permanente en Canarias, excluyendo al sector público. Deben contar con uno o más empleados por cuenta ajena a la fecha de la convocatoria (excepto empresas de nueva creación).

Autofinanciación: El beneficiario debe aportar al menos el 25 % de la financiación del proyecto mediante recursos propios o externos sin ayudas públicas.

Mantenimiento: En caso de crear empleo, este debe mantenerse durante un periodo mínimo de dos años tras finalizar la inversión.

Requisitos y limitaciones

Requisitos: El proyecto debe ser técnica y financieramente factible. La empresa deberá financiar, al menos, el 25 % del presupuesto del proyecto mediante recursos propios o financiación externa que no proceda de ayudas públicas.

Limitaciones: Máximo de un proyecto por empresa.

Advertencias: No se admite el pago en metálico ni la compensación de facturas; todos los pagos deben ser bancarios.

Compatibilidades: Están sujetas al régimen de ayudas de minimis, con un límite máximo de 300.000 euros recibidos en los tres años previos. Son incompatibles con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier administración pública o ente privado.

Pre-solicitud: Las inversiones no podrán iniciarse antes de presentar la pre-solicitud, cuando exista, o la solicitud de subvención.

Se considera inicio de la inversión el comienzo de las obras o la firma del primer compromiso firme para adquirir bienes o equipos. Los estudios previos o la obtención de licencias no se consideran inicio de la inversión.

Importe de la subvención

Inversión: El importe mínimo de los gastos subvencionables será de:

  • 300.000 euros en Tenerife y Gran Canaria.
  • 100.000 euros en La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa.

Cuantía de la ayuda: 30 % sobre los costes subvencionables, porcentaje que puede incrementarse cuando concurran determinadas circunstancias previstas en la base decimosexta, relacionadas con el tamaño de la empresa, la localización de la inversión y otras condiciones establecidas en las bases reguladoras. La ayuda podrá alcanzar un máximo de 300.000 euros por proyecto, sin perjuicio de los límites derivados de la intensidad máxima de ayuda aplicable y de la disponibilidad presupuestaria.

Plazos

La convocatoria distingue dos trámites:

  • Presentación de la pre-solicitud. Inicio: 27 de mayo de 2026. Fin: 26 de junio de 2026.
  • Presentación de la solicitud. Una vez presentada la pre-solicitud, el plazo para presentar la solicitud completa es: Inicio: 6 de julio de 2026. Fin: 31 de diciembre de 2028.

Importante: La realización de las inversiones no podrá iniciarse antes de la presentación de la pre-solicitud (cuando esta sea exigible) o, en su defecto, antes de la solicitud de subvención, ya que ello supondría el incumplimiento del efecto incentivador exigido para estas ayudas.

Más información y solicitudes

Puede consultar toda la información y tramitar la solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Canarias — Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias, Línea 3.

Teléfono de información para Emprendedores, Autónomos y Micropymes: 900 150 055 (L-V, 09:00 a 14:00).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el presupuesto total de la convocatoria de 2026 y cuál es el porcentaje de cofinanciación de la Unión Europea?

El presupuesto total para el ejercicio 2026 de esta línea de subvención asciende a 5.000.000,00 euros. Estos fondos están cofinanciados en un 85% por la Unión Europea a través del Programa FEDER Canarias 2021-2027, dentro de la prioridad de inversión enfocada en la "Transición digital inteligente".

¿Qué tipos de proyectos de inversión se pueden financiar bajo la Línea 3?

Se contemplan tres tipos de proyectos anuales o plurianuales:

  • Proyectos de creación de nuevos establecimientos: Inversiones orientadas a iniciar una actividad empresarial que, obligatoriamente, creen nuevos puestos de trabajo.
  • Proyectos de ampliación: Inversiones destinadas al desarrollo de una actividad ya establecida o al inicio de otras, que incrementen significativamente la capacidad productiva del centro, además de crear empleo y mantener el ya existente.
  • Proyectos de modernización: Inversiones en activos fijos materiales (maquinaria tecnológicamente avanzada) que incrementen sensiblemente la productividad, diversifiquen la producción o transformen fundamentalmente el proceso productivo, manteniendo el empleo existente.
¿Qué criterios se utilizan para ordenar las solicitudes y cómo se resuelven los empates?

La adjudicación se realiza bajo el régimen de concurrencia competitiva basándose en un baremo de 100 puntos máximos:

  • Sector de actividad (hasta 60 puntos): Prioriza áreas de especialización inteligente RIS3 (turismo digital, economía azul, astrofísica, etc.) y valora el peso de los bienes de equipo y activos inmateriales sobre la inversión total.
  • Incorporación de nuevas tecnologías (20 puntos): Tecnologías innovadoras no probadas que impliquen un riesgo tecnológico.
  • Protección del medio ambiente (20 puntos): Proyectos alineados con la economía circular, reciclaje, uso de renovables o reducción de emisiones.

Los proyectos con puntuación inferior a 30 puntos quedan excluidos. Si se producen empates en la puntuación, se dirimen dando prioridad, en primer lugar, a la empresa que cree más puestos de trabajo; en segundo lugar, al proyecto con mayor importe de inversión aprobada; y en tercer lugar, a la solicitud que haya sido completada antes.

¿Cómo se calcula el importe de la subvención y cuál es el límite máximo que se puede otorgar?

El importe base se calcula aplicando un 30% sobre los costes considerados subvencionables. Este porcentaje puede incrementarse bajo las siguientes condiciones:

  • +20% para pequeñas empresas o +10% para medianas empresas.
  • +2% por cada puesto de trabajo creado a jornada completa (con un máximo de +12%).
  • +9% si la persona solicitante, socios, representantes o empleados acreditan una discapacidad igual o superior al 33%.
  • +6% si la actividad se desarrolla en islas no capitalinas prioritarias (La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa).
  • +2% si es empresaria individual mujer o, en sociedades, si el 50% o más del capital social pertenece a mujeres.
  • +1% si se acredita la inscripción en la Enterprise Europe Network (EEN).

La cuantía máxima de subvención concedida por beneficiario y convocatoria está limitada a 300.000 euros.

¿Qué requisitos de personal por cuenta ajena deben cumplir las empresas solicitantes?

Salvo en el caso de las empresas de nueva constitución, todas las pymes o grandes empresas solicitantes deben contar con uno o más empleados por cuenta ajena en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). En caso de que el proyecto suponga la creación de empleo, dichos puestos de trabajo creados deberán mantenerse durante un periodo mínimo de dos años contados a partir de la finalización del plazo de inversión.

¿Qué es el "efecto incentivador" y cómo afecta al inicio de las inversiones?

Para que el proyecto sea subvencionable, la ayuda debe tener un efecto incentivador, lo que significa que el beneficiario no puede comenzar los trabajos del proyecto ni realizar compromisos en firme (como pedidos de equipos o contratos que hagan la inversión irreversible) antes de presentar la pre-solicitud electrónica o la solicitud definitiva. No obstante, la compra de terrenos y los trabajos preparatorios (como la obtención de permisos o la realización de estudios previos de viabilidad) no se consideran inicio de trabajos a estos efectos.

¿Es posible solicitar el abono anticipado de la subvención y en qué condiciones?

Sí, es posible solicitar un abono anticipado de hasta el 75% del importe total concedido en la resolución definitiva. Para que se autorice este pago, la empresa beneficiaria deberá:

  1. Presentar justificante de haber constituido una garantía ante la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Canarias por el importe solicitado incrementado en un 20%.
  2. Justificar la insuficiencia de recursos para financiar temporalmente el proyecto.
  3. No tener pendientes de justificación otros abonos anticipados de los dos ejercicios anteriores.
  4. Realizar las tareas de ejecución, justificación y declaración de los gastos en un plazo máximo de 18 meses a contar desde el pago del anticipo.
¿Cómo se justifica la ejecución del proyecto y el empleo de los fondos subvencionados?

La subvención debe justificarse obligatoriamente mediante una cuenta justificativa acompañada de un informe de un auditor de cuentas independiente inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). El auditor se encargará de realizar verificaciones formales que incluyen comprobar que la naturaleza del gasto se corresponde con los fines aprobados, que las facturas cumplen las normas tributarias, que los activos son nuevos o de primer uso, y que se han pagado a través de transacciones bancarias dentro del plazo de ejecución.